Con fecha de este viernes 21 de febrero, el Tribunal Estatal Electoral (TEE) ratificó la expulsión del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a Enrique Galindo Ceballos. Lo anterior derivado de lo que el Tribunal consideró como argumentos “infundados e improcedentes”, y señala que Galindo fue notificado de su expulsión y tuvo su derecho de audiencia.
Por decisión unánime, los magistrados Denisse Porras, Nicolás Juárez y Gerardo Muñoz determinaron que no se afectaron los derechos del presidente municipal, ni se vulneraron sus garantías de audiencia ni el debido proceso, puesto que fue notificado correctamente.
“Del análisis de las constancias que obran en el expediente del presente juicio de ciudadanos, esta autoridad se percata de que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI atendió las formalidades esenciales que se deben cumplir para garantizar el derecho de audiencia dentro del procedimiento especial sancionador”, señala el documento.
Finalmente, el documento cita distintas entrevistas que dio Galindo Ceballos sobre sus diferencias con el partido.
“Esta autoridad se percató de la existencia de las citadas entrevistas proporcionadas por el denunciante en su escrito recursal del Procedimiento Sancionador, cuyo contenido corrobora que las declaraciones del actor fueron ciertas y públicas, lo que, a juicio de la Comisión, generó un impacto negativo en la percepción del Partido Revolucionario Institucional en San Luis Potosí, de tal manera que este órgano de justicia partidaria determinó que los enlaces electrónicos y contenidos audiovisuales agravaron de manera notable el daño a la unidad partidaria del Partido Revolucionario Institucional.” (Pg.31)