Hoy en día es más importante adoptar, alimentar, rescatar y defender perros en abandono que buscar cuidar o dar de comer a un niño.
Como sociedad, nos hemos perdido en idealizar creencias, en buscar imponer nuestras preferencias y en querer obligar a los demás a que hagan lo que para nosotros está bien o es correcto, sin importar lo que esos otros creen, quieren o prefieren.
La resolución dictada por la Juez Primero de Distrito en el Estado, Fabiola Delgado Trejo, misma que señala la prohibición para que los padres de familia puedan llevar a sus hijos a una corrida de toros, no solo es impositiva, sino que además viola el fallo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio al amparo 329/2020, en el que reconoció el derecho originario, primario e inalienable que tienen los padres de familia a decidir el tipo de educación que recibirán sus hijos.
Dejar de lado convicciones y creencias personales para situar a la fiesta brava en lo que realmente significa, quizá debiera ser lo que las autoridades deberían considerar, partiendo quizá del dato de que esta actividad genera un flujo económico superior a los 6 mil 900 millones de pesos.
También como espectáculo genera en nuestro país más de 80 mil empleos directos y 146 mil indirectos; además de que representa más de 800 MDP que ingresan como impuestos.